--> Orígenes del Catastro
 

Según lo establecido por la federación internacional de geometras FIG, el Catastro es:
“Un inventario público, metódicamente ordenado, de datos concernientes a propiedades de un determinado país o distrito, basado en la mensura de sus límites donde las distintiva. El Catastro responde a las preguntas de dónde y cuánto.

El por qué es necesario; el establecimiento de registros relativos a las propiedades tiene relación con la necesidad del estado de saber cuales y cuantas son las propiedades susceptibles a tributar.

Esta necesidad de constatar con lo que “se cuenta” en un estado esta presente aun en los aspectos iniciales del desarrollo de la sociedad. En Egipto en el año 3000 a.C. se encuentran anotaciones en los registros reales basadas en levantamientos topográficos pudiendo verse en las decoraciones de algunas tumbas a agrimensores trabajando.

La referencia más antigua es de Herodoto quien menciona a los estiradores de cuerdas que replanteaban los límites de las propiedades después de la crecida del Nilo. Estas anotaciones no solo servían para el replanteo de las propiedades sino para el cobro de un impuesto el cual era proporcional a la producción potencial de las tierras, al combinar el área de la parcela con la cantidad de limo depositado sobre ella.

En Grecia cabe destacar el desarrollo de la geometría y el invento por parte de Heron de la dioptra, antecesor del teodolito. Existen datos que en china alrededor del año 700 d.C. se han encontrado con que existía un sistema fiscal basado en la producción de grano y en la existencia de archivos de planos.

Uno de los primeros mapas fue encontrado en Italia en forma de petroglifo grabado aproximadamente entre los años 1600 o 1400 a.C. con líneas que indican los arroyos, canales de irrigación y caminos, además los círculos representaba pozos de agua y los rectángulos con una malla de puntos representaban campos de cultivo, siendo una de los primeros levantamientos catastrales.

También se tiene conocimiento que en la antigua Atenas los propietarios debían contribuir con un impuesto el que tenia relación con el tamaño de su propiedad para costear la defensa de la ciudad. Un documento impactante sobre la agrimensura y el catastro es el tratado de agrimensura del sexto julio frontino, ingeniero y militar romano que trata sobre la reglamentación de los repartos de las tierras a los colonos que seguían a la ocupación por las legiones. En las cuatro partes de este documento se encuentran estatutos tales como: clasificación de los campos, de las controversias, de los límites etc. Se presentan la mayor parte de las cuestiones que incumben a un agrimensor tanto respecto a los métodos de levantamiento, como al parcelamiento de tierras y su reparto, así como las consecuencias jurídicas de su aplicación y la intervención del agrimensor en las controversias.

Suya es la premisa básica de que deben medirse las áreas por la proyección ortogonal sobre un plano horizontal y no por las medidas sobre el terreno inclinado. Al replantearse las ciudades y distribuirse los campos entre los colonos romanos que se mezclarían con los pobladores autóctonos, los augures (adivinos, profetas) elegían el lugar y los legionarios agrimensores replanteaban el “decumanus maximus” y el “kardo maximus” que se cruzaban en el “umbilicus”. Su trazado coincidía con las direcciones norte-sur y este-oeste. Con la ayuda de la groma se replanteaban líneas paralelas que constituían la retícula geométrica de las centurias que eran repartidas a los colonos mediante un trámite jurídico-administrativo.

El terreno se parcelaba en relación a los ejes previamente trazados donde se proyectaban generalmente caminos y estas asignaciones de tierras se recogían en tablillas de bronce madera o mármol incluyendo la siguiente información catastral. Área de cada parcela, nombre de los propietario y lotes asignados categoría origen y régimen jurídico, bosques y pastos públicos, suelos públicos pasados a la colonia, etc.

Esta información recogida por los romanos, podrían ser un ejemplo de completitud en términos de información catastral. De esta información se hacían dos copias una se guardaba en el archivo municipal o colonial y la otra se enviaba al “tabularium” de roma. En caso de originarse cualquier litigio gozaban de valor probatorio, prevaleciendo sobre los testimonios.

Esta información registrada para cada propietario o sea “per-cápita” da origen al “capitum registrum” o registro de propietarios y por extensión al registro de unidades territoriales posibles de tributar o “capitastum” raíz etimológica común en las lenguas latinas y germánicas o catastro.

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